De acuerdo a la Constitución de 1999 , la República Bolivariana de Venezuela se funda con el fin de "establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural, en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley..."

En este sentido, el artículo 6 de la Constitución establece que "el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables."

Organización del Estado y actuales representantes

1.- Poder Ejecutivo

El Poder Ejecutivo está representado en el Presidente de la República, el Vicepresidente y los Ministros.

  1. 1.- Presidencia

De acuerdo al artículo 230, el presidente o presidenta de la República debe ser electo por voto popular, directo y secreto para un mandato de seis años y puede ser reelecto para otro(s) lapso(s) semejante(s).

Presidente: Nicolás Maduro Moros

maduro

1.2.- Vicepresidencia

Institución de alto nivel gubernamental, revestida de carácter estratégico, que colabora con el Presidente de la República en la dirección de la acción del gobierno. Coordina la Administración Pública Nacional, el proceso de evaluación de los resultados de las políticas públicas, con la finalidad de garantizar la gobernabilidad.

1.3.- Ministerios

Para acceder a más información de organización de estado visite la página oficial del Gobierno Bolivariano en Línea

2.- Poder Legislativo

El Poder Legislativo lo ejerce la Asamblea Nacional, compuesta por 165 diputadas y diputados quienes son electos por un período de cinco años y pueden ser reelegidos.

palacio

3.- Poder Judicial

Integrado por el Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales, sus magistrados son nominados por la sociedad civil. Su designación se logra tras la aprobación de al menos dos tercios de los diputados de la Asamblea Nacional.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela plantea un Poder Judicial renovado e independiente, orientado fundamentalmente a garantizar el Estado de Derecho y abrir espacios para la participación de los ciudadanos en el proceso de administración de justicia.

ven

4.- Poder Ciudadano

Está integrado por el Consejo Moral Republicano, la Contraloría, la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía General.

ministerio

4.1.- Consejo Moral Republicano

La Ley Orgánica del Poder Ciudadano señala que el Consejo Moral Republicano es el órgano de expresión del poder ciudadano y estará integrado por el Defensor o Defensora del Pueblo, el Fiscal o la Fiscal General de la República y el Contralor o Contralora General de la República.

Dentro de las competencias que tiene el Consejo Moral Republicano previstas en la Ley están las de prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra la ética pública y la moral administrativa.

4.2.- Contraloría

"La Contraloría General de la República es el órgano de control, vigilancia y fiscalización de los ingresos, gastos, bienes públicos y bienes nacionales, así como de las operaciones relativas a los mismos. Goza de autonomía funcional, administrativa y organizativa; y orienta su actuación a las funciones de inspección de los organismos y entidades sujetas a su control." (Artículo 287 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela).

4.3.- Defensoría del Pueblo

La Defensoría del Pueblo se crea en Venezuela a partir de la Constitución de 1999. Esta es una institución autónoma, de carácter complementario, cuyo objetivo es supervisar la actuación los órganos de la Administración Pública y de justicia. No sustituye a ninguno de estos órganos en sus funciones, sino que vela por el correcto funcionamiento de los mismos.

4.4.- Fiscalía General

Es un órgano del Poder Ciudadano que actúa en representación del interés general, garantizando el cumplimiento del ordenamiento jurídico de la nación y la preservación del estado social, democrático, de derecho y de justicia.

5.- Poder Electoral

Consejo Nacional Electoral

La creación del Poder Electoral surge en respuesta a los cuestionamientos que desde diferentes sectores de la vida nacional se formularon frente a la organización de los procesos electorales en la IV República (gobiernos anteriores al del presidente Chávez). Ante esta situación se demandó la conformación de una organización comicial sólida, moderna y transparente, fundamentada en una estructura altamente tecnificada y en la aplicación de reglas claras, que generaran confianza en cuanto al respeto del voto depositada por los ciudadanos en las urnas electorales.

El Consejo Nacional Electoral es el ente que organiza y supervisa todo lo relativo a la elección de los funcionarios públicos sujetos al voto popular, a través del sufragio universal, directo y secreto.

6.- Poder Ejecutivo Estadal

De acuerdo al artículo 160 de la Constitución de 1999, la administración de los estados corresponde a un gobernador o gobernadora. En la República Bolivariana de Venezuela existen 23 gobernaciones.

cne poder electoral

Gobernación estado Amazonas.
Gobernación estado Anzoátegui.
Gobernación estado Apure.
Gobernación estado Aragua.
Gobernación estado Barinas.
Gobernación estado Bolívar.
Gobernación estado Carabobo.
Gobernación estado Cojedes.
Gobernación estado Delta Amacuro.
Gobernación estado Falcón.
Gobernación estado Guárico.
Gobernación estado Lara.
Gobernación estado Mérida.
Gobernación estado Miranda.
Gobernación estado Monagas.
Gobernación estado Nueva Esparta.
Gobernación estado Portuguesa.
Gobernación estado Sucre.
Gobernación estado Táchira.
Gobernación estado Trujillo.
Gobernación estado Vargas.
Gobernación estado Yaracuy.
Gobernación estado Zulia.

7.- Poder Municipal

La República Bolivariana de Venezuela cuenta con 328 alcaldías que se encargan de la administración de los municipios del país, con el apoyo de los respectivos gobiernos regionales y el gobierno nacional.

Principales Partidos Políticos contemporáneos

El sistema de partidos en Venezuela es flexible, democrático y pluripartidista. Todos los venezolanos y las venezolanas pueden asociarse con fines lícitos, para expresar y promover libremente sus opiniones políticas (Art. 52 y 53 de la Constitución de 1999).

Los principales partidos contemporáneos venezolanos son:

• Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). En el gobierno.
• Partido Comunista de Venezuela (PCV). En el gobierno.
• Patria para Todos (PPT).
• Unión Popular Venezolana (UPV). En el gobierno.
• Partido por la Democracia Social (Podemos). En la oposición.
• Acción Democrática (AD). En la oposición.
• Comité de Organización Electoral Independiente (Copei). En la oposición.
• Un Nuevo Tiempo (UNT). En la oposición.
• Primero Justicia (PJ). En la oposición.
• Mesa de la Unidad (MUS). En la oposición.
La Constitución de 1999 y sus Avances
La Constitución de 1999 ha sido reconocida como uno de los textos constitucionales más avanzados del hemisferio occidental. Entre las conquistas más significativas de la actual Constitución se encuentran las siguientes:
• Se consagra un amplio sistema de garantías y mecanismos de defensa de los Derechos Humanos en el Titulo III de la Constitución. El derecho a la legítima defensa y la presunción de inocencia están expresamente consagrados.
• Los mandatos de elección popular son revocables en todos sus niveles, mediante el ejercicio por parte de la ciudadanía de un Referéndum Revocatorio.
• Los ciudadanos están facultados para rechazar la aplicación de una Ley aprobada por el Legislativo mediante un Referéndum Abrogatorio.
• Se creó la figura de Defensoría del Pueblo (Ombusman) como institución garante de los Derechos Humanos y protector del ciudadano frente a cualquier tipo de excesos de los organismos públicos y privados.
• Se reconocen los derechos ancestrales de las comunidades indígenas y garantiza la preservación de sus territorios, leyes, lenguas y creencias. La Constitución de 1961 no incluía el uso oficial de los idiomas indígenas, mientras que los artículos 9 y 119 de la Constitución de 1999 no sólo los reconoce, sino que los eleva a patrimonio cultural de la nación.
• Se consagra los derechos sociales como el derecho al trabajo, el derecho a la vivienda, el derecho a la educación, al acceso a los servicios públicos, como derechos fundamentales de los ciudadanos y las ciudadanas.
• Se garantiza la equidad de género en la sociedad venezolana. Es importante resaltar que la Constitución actual visibiliza a la mujer como sujeto de deberes y derechos, una ciudadana creadora y autónoma, imprescindible para el pleno desarrollo de la sociedad. El lenguaje no sexista de la Constitución de 1999, basado en los principios de la igualdad y la no discriminación, constituye una ruptura paradigmática con el viejo modelo patriarcal de la subordinación y la exclusión en las relaciones de género.
• Se expandió el derecho de todos los venezolanos a la libertad de reunión y asociación pacífica, al obligar al Estado a proteger a quienes manifiesten públicamente de aquellos que inciten a la violencia.
• Se asegura la protección y preservación del derecho de cada ciudadano a expresar su cultura.

CONTÁCTANOS
Dirección de la Embajada
Avenida Anacaona # 7, al lado

de la Embajada de Naciones Unidas,
Sector Mirador Sur, Santo Domingo.

Dirección Sección Consular
Calle Ramón del Orbe,
Sector Mirador Sur, Santo Domingo.
Tel.: (809)537-8882 EXT. 2011

HORARIO DE ATENCIÓN CONSULAR (SÓLO TRÁMITES CONSULARES, CON PREVIA CITA AGENDADA): 

Lunes a Viernes de 9:00am a 12mediodia (SÓLO TRÁMITES CONSULARES, CON PREVIA CITA AGENDADA): 

HORARIO DE ENTREGA DE PASAPORTES VENEZOLANOS (SÓLO CON PREVIA CITA AGENDADA): 

Lunes a Viernes: 3:00PM (SÓLO CON PREVIA CITA AGENDADA): 
CORREO ELECTRÓNICO: consulado@embajadavenezuelard.do